Justicia (34): pp. 358-371. Julio-Diciembre, 2018.
ISSN 0124-7441 • DOI: https://doi.org/10.17081/just.23.34.2896
Copyright © 2018
ARTÍCULO DE
INVESTIGACIÓN
Cómo citar este artículo:
García, M., Córdova, L. & Rodríguez, A. (2018). La confidencialidad, el prestigio y la reputación como valores intangibles de la
conciliación médica para el profesionista de la salud. En Revista Justicia, Barranquilla: Editorial Mejoras-Universidad Simón
Bolívar, Vol. 24, No. 34, pp. 358-371. DOI: https://doi.org/10.17081/just.23.34.2896
358
Recibido: 12-07-17
Aceptado: 12-08-17
Publicado: 24-07-18
DOI:
https://doi.org/10.17081/just.23.34.2896
La confidencialidad, el prestigio y la
reputación como valores
intangibles de la conciliación médica
para el profesionista de la salud
Confidentiality, prestige and reputation
as intangible values of medical conciliation
for the health professional
Myrna Elia García Barrera
1
- Luis Antonio Córdova Rivera
2
- Aurora Margarita Rodríguez
3
1
Doctora en Derecho egresada de la Facultad de Derecho y Criminología de la UANL. Correo electrónico: myrgarcia@hotmail.
com
2
Estudiante del Doctorado de Métodos Alternos de Solución de Conflictos en la Facultad de Derecho y Criminología de la UANL.
Cirujano Dentista, Maestría en Administración Educativa. Correo electrónico: drluiscordova@gmail.com
3
Maestra en Salud Pública egresada de la Facultad de Salud Pública y Nutrición. Catedrática de la Facultad de Odontología de la
UANL. Correo electrónico: dra.maguefuentes@gmail.com
RESUMEN
En este artículo exponemos de forma sucinta la valía intangible que tiene la confidencialidad
en el proceso de conciliación médica, puesto que gran parte de las quejas o demandas presen-
tadas por los pacientes o sus familiares (usuarios de servicios médicos o de salud) en contra del
personal del área médica (médicos y dentistas), por una supuesta mala praxis, resultan haber
sido causadas por una falta de comunicación entre ambas partes, con lo que la mayoría de estos
casos se puede resolver de forma directa mediante el diálogo entre los protagonistas de estos
conflictos.
Palabras clave: Conflicto, conciliación, confidencialidad, prestigio y reputación.
ABSTRACT
In this article, we expose of succinct form the intangible value that has to confidentiality in the
process of medical conciliation, since many complaints or lawsuits presented by the patients or
their relatives (medical services users or health) in opposition to the personnel of medical area
(doctors and dentists) for a supposed bad practice, it turn out to be caused by a lack of communi-
cation between both parts, which most of these cases can be resolved directly through dialogue
between the protagonists of these conflicts.
Keywords: Conflict, conciliation, confidentiality, prestige and reputation.
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INTRODUCCIÓN
La conciliación médica es un procedimiento que se lleva a cabo bajo la
voluntariedad y petición de las partes, al presentarse algún conflicto entre
personal de área médica y los usuarios de dichos servicios por supuesta mala
praxis médica (errores bajo negligencia por parte del médico). Esta forma
de solucionar las controversias tiene la finalidad de transformar el inconve-
niente brindando la posibilidad de reabrir los canales de comunicación que se
encuentran cerrados y con apoyo del conciliador, las partes pueden encontrar
una solución para lograr un acuerdo que transforme esta complicación en la
relación preexistente. Cada persona es única en su constitución fisiológica
y puede reaccionar de diferentes maneras a los distintos tratamientos reali-
zados, recetados o recomendados por su médico en búsqueda de sanar
alguna enfermedad, por lo que es importante hacerle saber al usuario de
los servicios médicos que antes de presentar una demanda o querella, en
donde se puede perjudicar el prestigio y la reputación del médico en cuestión,
es posible transformar el conflicto por la vía del diálogo, en este caso la
conciliación médica, por tal razón, es necesario brindar mayor difusión a los
Métodos Alternos en Solución de Conflictos, con el fin de mejorar la práctica
médica, evitando daños profesionales, personales o familiares en el facul-
tativo, puesto que al llevar el conflicto directamente entre los profesionales de
la salud implicados en este tipo de situación y los usuarios de los servicios de
salud, además de realizarlo de forma confidencial en conciliación, se puede
transformar la disputa, siempre y cuando sea susceptible de llevarse ante las
instituciones que brindan dichos servicios como la COESAMED (Comisión
Estatal de Arbitraje Médico) o la CONAMED (Comisión Nacional de Arbitraje
Médico). Si el proceso de la conciliación es muy ríspida o no hay voluntad
para conciliar, se invita a los participantes en el conflicto a someterse a un
arbitraje médico; de seguir la renuencia a solucionar por la vía pacífica el
problema se dejan a salvo los derechos del paciente para demandar por mala
praxis médica.
La confidencialidad que se presenta en el proceso de la conciliación médica,
juega un papel fundamental para el médico, puesto que la mayoría de las
quejas ante las instancias que colaboran como coadyuvantes de la transfor-
mación del conflicto que se presenta entre un profesional del área médica y
los usuarios de esta prestación de servicios (paciente y familiares) resultan
ser ocasionados por una falta de comunicación entre estos actores del acto
médico. El prestigio del profesionista está en juego cuando por alguna causa
se presenta una demanda por supuestos malos tratos por parte del facultativo
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hacia su paciente, debido a que se le expone de forma pública, aunque en
muchas ocasiones resulta ser inocente de los cargos que se levantan en su
contra.
EL CONFLICTO MÉDICO-PACIENTE
Antes de ingresar en este rubro tan complejo de posibilidades fenome-
nológicas sociales, como lo es el estudio del conflicto, debemos conocer
sus definiciones pronunciadas por los teóricos, sus causas, implicaciones,
visiones u ópticas y resoluciones en forma general; además, en este trabajo
lo trasladaremos a los conflictos que surgen en una relación entre personal
del área médica y el usuario de los servicios de salud (paciente o su familiar).
El conflicto es un fenómeno natural en toda sociedad, es decir, se trata de un
hecho social consustancial a la vida en sociedad. Así mismo, las disputas son
una constante histórica, puesto que han comparecido en todas las épocas
y sociedades a lo largo de los tiempos (Silva García, 2008). El conflicto es
consecuencia de la pobre comunicación, mala percepción, defectuosa socia-
lización y otros procesos inconscientes (Redorta, 2004). Hocker y Wilmot
(1978, citados por Lederach, 2001) definen al conflicto como una lucha
expresada entre, al menos, dos personas o grupos interdependientes, que
perciben objetivos incompatibles, recompensas escasas e interferencias del
otro en realizar sus metas.
El enfrentarse a un conflicto mediante el sistema judicial representa un
desgaste económico, psicofisiológico, y de tiempo lo cual puede significar
presencia de estrés, así como exposición a los medios de comunicación,
puesto que, si el dentista o el médico, resuelve entrar en litigio, es más factible
que se dé a conocer su nombre, resultando ser acreedor de una “mala fama”,
perder una suma económica representativa o en casos más complicados
perder la cédula profesional (importante para ejercer la profesión) o hasta su
libertad (vía penal). Por el contrario, con la mediación-conciliación médica se
ofrece una vía confiable, confidencial y más rápida que la vía judicial, puesto
que la negociación se hace directamente entre las personas involucradas en
el conflicto (García Barrera, Córdova Rivera, & Fuentes Rodríguez, 2015).
En una sociedad como la nuestra, los individuos necesitan contar con buena
salud en general para llevar a cabo sus actividades cotidianas y en caso de
padecer alguna enfermedad pueden buscar atención en el ámbito público o
privado, regido por normas, leyes y reglamentos de nuestro país. En el sector
particular siempre se lleva a cabo con la comodidad de contar con cubículos
personales para mantener la confidencialidad durante la consulta, diagnóstico
y tratamiento indicado para cada paciente. Esto conlleva al inicio de una
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relación entre ambos (profesional de la salud y usuarios de sistema de salud),
dando la posibilidad de ganarse la confianza para tratar la enfermedad.
Área
Ámbito
Intensidad
Tipología
Métodos
Odontología y
medicina.
Todo
tipo de
conictos.
Leve, moderada a
graves, desde plan-
teamientos neuro-
biológicos y físicos,
patológicos y estéticos.
Recuperación de las
propias capacidades de
superar y solucionar dicul-
tades y conictos a través
de métodos restaurativos,
estéticos, quirúrgicos y
biológicos.
El médico u odontólogo
receta el tratamiento con
fármacos, lleva a cabo
técnicas quirúrgicas,
protésicas, restaurativas
y brinda consejos de
prevención.
Figura No. 1. Tipología, intensidad y características conictuales con las técnicas de
intervención usual y apropiada
Fuente: Adaptada de Vinyamata (2005)
En esta tabla se observa la manera en que Vinyamata (2005) expone, que el
simple hecho de atender un paciente puede crear un conflicto intrapsíquico
del profesionista de acuerdo al diagnóstico y tratamiento de la enfermedad o
malestar que aqueja al paciente. Cuando el paciente pierde la confianza que
tenía en su médico y está decidido a depositarla en otro, ni ha de negarse
éste, ni ofenderse aquel, porque la opinión individual es libre y merece respeto
(García Dingman, Medina López, González Treviño & García Guerrero, 2008).
Este fenómeno puede suceder cuando el personal de la salud carece de conoci-
mientos en la especialidad en la que el paciente necesita atención, o por el
simple hecho de pérdida de confianza del paciente al médico. La medicina está
basada en la comunicación entre el médico y el paciente, pues todo diagnóstico
se formula a partir de la información clínica que se obtiene mediante el interro-
gatorio y la exploración al paciente (Sánchez-González, Cacho-Salazar,
Hernández-Gamboa, Campos-Castolo, & Tena-Tamayo, 2007).
En referencia a lo anteriormente dicho, la confianza que el paciente deposita
en las competencias técnico-científicas del médico u odontólogo, un trato
digno por parte del profesionista hacia el paciente o sus familiares, le dan un
valor agregado que conlleva a que el facultativo haga sentir y saber que las
decisiones que se tomarán (en conjunto con el paciente o familiar) son las
mejores para tratar la enfermedad, puesto que cada persona puede responder
de manera diferente ante un tratamiento o por las características del paciente
puede ser necesario llevar a cabo procedimientos especiales que no se
realizan de forma cotidiana en un consultorio, por ejemplo un paciente que
padece hemofilia (enfermedad que se caracteriza por carecer de coagulación
sanguínea normal), y necesita una cirugía bucodental, tiene que ser inter-
venido a nivel hospitalario. Así mismo, la comunicación efectiva juega también
un papel en el desarrollo de la relación entre el paciente o sus familiares y el
dentista; el trato, la correcta explicación de los procedimientos a instaurar para
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tratar el padecimiento y los riesgos que pueden presentarse al intervenir en el
paciente, esta argumentación debe ser lo más clara y coloquialmente posible
(sin tecnicismos), de tal manera que al paciente no le quede duda alguna
antes de dar inicio a los tratamientos.
El progreso que ha tenido la ciencia ha provocado que los pacientes tengan
expectativas excesivas en los tratamientos, las cuales no siempre logran
cumplirse, y además tienden a atribuirle al profesional “negligencia operatoria”,
denominada comúnmente como “mala praxis” (Suárez Londoño, Gallego
Ramírez, Gallego Gómez, & Mora Moncada, 2012).
Actualmente la información fluye a mayor velocidad, las personas están en
búsqueda de posibles diagnósticos para su malestar y cuando acuden con el
personal de área médica, continuamente quieren saber acerca de su padeci-
miento “para ratificar su autodiagnóstico” de qué se trata su problema de
salud, así como las posibilidades de tratamiento que el paciente ocupa para
sanar su enfermedad. Por tal razón, el médico u odontólogo no solo debe
tener los conocimientos suficientes para dar respuesta a las preguntas que el
paciente realice, conforme al diagnóstico sino también saber expresarlos de
manera clara y precisa para que el paciente lo comprenda sin lugar a dudas,
y, de acuerdo al procedimiento que se necesite llevar a cabo, asienta para el
tratamiento que amerite la enfermedad.
Los médicos en su práctica profesional están expuestos a incurrir en errores
que pueden tener repercusiones en la salud de los pacientes. Estos con el
fin de obtener una compensación por el daño cometido acuden a instancias
legales y comienzan un proceso lento y costoso, que en muchas ocasiones
no llega a resolución alguna y trae consigo un daño en el prestigio del médico
(Gamero Gurrutia, et al. 2006).
En la relación médico-paciente y sobre todo la actual incorporación de múltiples
actores a la misma, en una sociedad democrática en la que todos los individuos
son, mientras no se demuestre lo contrario, agentes morales autónomos,
capacitados para tomar decisiones, con criterios distintos sobre lo que es y
lo que no es malo, la relación médica, en tanto que relación interpersonal, es
esencialmente conflictiva (Gracia, 1989, citado en Ortiz Pommier, 2009).
INTANGIBLES
Edvinsson y Malone (2000, citados por Gorjón Gómez, 2014) los definen
como un valor sustentado en el capital intelectual; son las características
distintivas que los diferencian de los demás y los hace útiles, atractivos, pero
principalmente valiosos.
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Se consideran recursos intangibles a todos aquellos recursos de las organi-
zaciones que carecen de existencia física, que son potencialmente utilizables,
que son renovables luego de usarlos y que no disminuyen sino que aumentan
en cantidad y calidad mientras son usados, además de poder ser usados
de manera simultánea, y presentar un elevado grado de especialización
(Diefenbach, 2006, citado en Núñez Guerrero & Rodríguez Monroy, 2015).
En México, la justicia tradicional (judicial) se aplica de forma pública. En el
ámbito médico, esto suele causar un fuerte impacto en la imagen y el prestigio
del facultativo, el cual se pone en riesgo, pues, cuando la población se entera
de una situación en la que un prestador de servicios médicos es acusado de
haber realizado una mala praxis médica (actos médicos suministrados con
negligencia), las personas suelen evitar ser atendidas por este profesional,
puesto que temen ser “víctimas” de un mal procedimiento en el ámbito de su
salud. Esto se puede evitar cuando la solución al conflicto es llevada a través
de la conciliación médica ante la Comisión Nacional de Arbitraje Médico, insti-
tución que brinda sus servicios de forma gratuita, profesional y confidencial;
esta última característica tiene un alto valor intangible ya que no se expone al
personal de área médica a la opinión pública.
Generan Valor. En este sentido, el valor que genera la conciliación para el personal de área médica es la conden-
cialidad, la cual tiene la signicación de la protección de los datos del facultativo, brindados durante
el desarrollo de este Método Alterno de Solución de Conictos. Lo cual hace más factible que se
disminuyan las consecuencias del llamado Síndrome Clínico Judicial denido por el Dr. Elías Hurtado
Hoyo (1993) como “todas las alteraciones que modican el estado de salud de un individuo que se
ve sometido a una situación procesal desde un inicio (citación, demanda), durante sus distintas eta-
pas (conciliación, mediación, juicio, sentencia) y/o después de haber concluido. Engloba a todas las
alteraciones físicas, psíquicas y morales que se pueden producir” (Young, et al., 2012).
Generan competitividad. Al llevar a cabo la conciliación se crean condiciones para cuidar la imagen pública del facultativo en
conicto, la cual es un baluarte para él, puesto que, al solucionarlo de forma pacíca y entre las par
-
tes, el médico en cuestión puede tomar la situación como una experiencia que le muestra las áreas
de oportunidad a mejorar al momento de atender a sus pacientes.
Generan aprendizaje y potencializan des
-
trezas, habilidades y competencias.
De acuerdo a información brindada durante el pilotaje cualitativo de la tesis en desarrollo, obtuvimos
información valiosa a este respecto, pues, al verse inmerso en este procedimiento, el personal de
área médica revalora la importancia de mantener los canales de comunicación abiertos de forma
permanente con el paciente o sus familiares, permite aprender de esta experiencia y valorar las áreas
de oportunidad que brinda el arreglo directo con el usuario del servicio de salud para evitar un nuevo
conicto con algún paciente en el futuro inmediato.
Generan adaptabilidad y desarrollo. Del mismo modo, se desarrollan capacidades de comunicación entre el equipo profesional del área
de la salud y los usuarios de estos servicios.
Transformadores de vida y de procesos. Permite tener mayores precauciones al realizar el llenado del expediente clínico, se invierte mayor
tiempo como un recurso valioso en el proceso de obtención de información para permitirnos ganar
conanza y conocer más acerca del estado de salud general del paciente y su modo de vida, con la
nalidad de llevar a cabo el trabajo profesional con mejores predicciones, así como tener las precau-
ciones necesarias durante la atención del paciente.
Figura No. 2. Características principales de los intangibles
Fuente: Gorjón Gómez, 2013. Adaptado por García Barrera, Córdova Rivera & Fuentes Rodríguez
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Dentro de los valores intangibles que brinda la conciliación en general, para
el ámbito médico, la confidencialidad impacta de forma muy positiva en la
reputación y el prestigio del facultativo inmerso en un conflicto con un usuario
de la salud por una supuesta mal praxis.
LA CONFIDENCIALIDAD DE LA CONCILIACIÓN MÉDICA
La confidencialidad es un pilar fundamental en las relaciones asistenciales.
En nuestra opinión, las construye y las moldea. Y lo hace enmarcada en
un contexto de cambio de paradigma, en el ámbito de las organizaciones
sanitarias, que implican cambios respecto al modelo tradicional de relación
asistencial. Esto hace que los procesos que en ellas se dan vayan cambiando,
de la misma forma que van cambiando los marcos asistenciales y jurídicos
que las acogen.
De acuerdo al artículo 34 de la Ley de Transparencia del Estado de Nuevo
León, se considera como información confidencial aquella que se refiere a
los datos personales. Esta información mantendrá este carácter de manera
indefinida y solo podrán tener acceso a ella los titulares de la misma, y los
servidores públicos que requieran conocerla para el debido ejercicio de sus
funciones (H. Congreso del Estado de Nuevo León, 2016).
El principio de confidencialidad establece que los sujetos obligados deben
asegurar el manejo confidencial de los sistemas de datos personales, y que
su transmisión o divulgación solamente puede darse previo consentimiento
del titular (García Barrera, 2016).
Confidencialidad es un concepto ético-profesional no legal que se refiere a
la protección de la información oral o escrita obtenida durante el transcurso
de una relación profesional Keith-Spiegel & Kocher, 1985, citados en Ribera
González, 1987.
Con la vía extrajudicial alternativa se pretende garantizar las indemnizaciones
de modo más ágil y satisfactorio y amparar a los profesionales sanitarios:
a. Evitando el descrédito del médico y la reacción a ello (la medicina defensiva,
cuyo paradigma es mandar al enfermo a otro servicio).
b. Actuando con mayor rapidez y menos burocracia.
c. Procurando discreción y secreto en las actuaciones, con lo que se trata
de evitar el descrédito del médico y general de la medicina (Hernández
Moreno, Hernández Gil, & Hernández Gil, 2002).
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MARCO LEGAL Y BIOÉTICO DE LA CONFIDENCIALIDAD
Los derechos del ser humano, parten del respeto a la vida y a la dignidad
de la persona, desde el momento de la concepción, hasta su muerte (…).
Los médicos nos debemos a los pacientes [sic], mas también esperamos
de ellos el mismo respeto a los derechos que norman y califican la relación
médico-paciente (Garza Garza, 2006).
El médico debe explicar al paciente que se está obligado a trabajos de medios,
es decir, tratar la enfermedad, pero no de resultados o evolución del paciente
de forma definitiva, siempre y cuando haya realizado una minuciosa historia
clínica para obtener un diagnóstico mayormente acertado. Es voz popular
entre los médicos que el 70 % del éxito en el tratamiento de una enfermedad
está en su diagnóstico. A continuación, presentamos una tabla con las leyes
que protegen los datos confidenciales y privados y que pueden ser aplicados
a la conciliación médica.
Ley/ Artículo
Redacción
Artículo 6o. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
(Cámara de Diputados, 2016).
La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición ju-
dicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida
privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe
el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos
dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por
el Estado.
Artículo 282. (Cámara de Diputados, Código Penal Federal, 2016). Se aplicará sanción de tres días a un año de prisión o de 180 a 360 días
multa:
I.- Al que de cualquier modo amenace a otro con causarle un mal
en su persona, en sus bienes, en su honor o en sus derechos, o en la
persona, honor, bienes o derechos de alguien con quien esté ligado
con algún vínculo.
Artículo 35. Ley de Transparencia y Acceso a la Información (H. Congre
-
so del Estado de Nuevo León, 2016).
Artículo 35.- Se considerará como información condencial:
I.- Los datos personales (información numérica, alfabética, gráca, fo-
tográca, acústica o de cualquier otro tipo concerniente a una persona
física identicada o identicable, relativa al origen étnico o racial, las
características físicas, morales o emocionales, a la vida afectiva y fami-
liar, domicilio particular, número telefónico particular, cuenta personal
de correo electrónico, patrimonio personal y familiar, ideología y opi-
niones políticas, creencias, convicciones religiosas o losócas, estados
de salud físico o mental, las preferencias sexuales, la huella digital,
ácido desoxirribonucleico (ADN), fotografía, número de seguridad
social, y toda aquella que permita la identicación de la misma).
II.- La protegida por los secretos comercial, industrial, bancario, ducia-
rio, scal y profesional.
Figura No. 3. Legislación para la condencialidad y protección de datos privados aplicables
a la conciliación médica
Continúa Figura No. 3.
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La confidencialidad, el prestigio y la reputación como valores intangibles de la conciliación médica para el profesionista de la salud
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Continuación de la Figura No. 3. Legislación para la confidencialidad y
protección de datos privados aplicables a la conciliación médica
Artículo 43. Ley de Transparencia y Acceso a la Información (H. Congre-
so del Estado de Nuevo León, 2016)
Toda persona tiene derecho a la protección de su vida privada y de
sus datos personales e información relacionada con los mismos, la
cual será custodiada, protegida, manejada y en su caso recticada en
los términos de la presente Ley. (Reformado, P.O. 17 de septiembre
de 2012). Los sujetos obligados a tratar los sistemas de datos deberán
observar los principios de consentimiento, información previa, nali-
dad, licitud, calidad de la información, condencialidad y seguridad,
proporcionalidad, máxima privacidad y responsabilidad, así como
garantizar el ejercicio de los derechos de acceso, recticación, cancela-
ción y oposición de los titulares de los datos personales o sus legítimos
representantes.
Artículo 36. Ley Reglamentaria del Artículo 5o. constitucional, relativo
al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal (Cámara de Dipu
-
tados, 2010).
Todo profesionista estará obligado a guardar estrictamente el secreto
de los asuntos que se le confíen por sus clientes, salvo los informes
que obligatoriamente establezcan las leyes respectivas.
Artículo 8º. Ley de Métodos Alternos para la Solución de Conictos del
Estado de Nuevo León (H. Congreso del Estado, 2012).
Los Métodos Alternos son de carácter condencial, implicando que
toda persona que participe en los mismos, no podrá divulgar la
información obtenida durante su desarrollo a ninguna persona ajena
a aquellos, ni utilizarla para nes distintos al Método Alterno elegido
para la solución del conicto. Lo anterior, salvo acuerdo en contrario de
los participantes en conicto respecto de ellas, que conste por escrito,
que no contravenga alguna disposición legal y que no afecte los inte-
reses de terceros, ni de menores o incapaces.
EL PRESTIGIO
El concepto de prestigio puede estudiarse como una característica de los
individuos (honor, estima, deferencia, aceptación), lo cual se refiere al prestigio
individual, que depende de las diferentes posiciones que ocupa el individuo,
de cómo las desempeña y de otras cualidades personales suyas (Gómez
Bueno, 1996). El prestigio de los individuos, la evaluación de una persona,
incluye tanto sus posiciones sociales como el modo en que desempeña los
papeles que corresponden a estas (…), referido a profesiones o posiciones
sociales en general, el prestigio es solo la evaluación de lo buenas o lo malas
que son las posiciones, incluyendo los roles inherentes a ellas pero no su
desempeño (Carabaña Morales & Gómez Bueno, 1997).
Prestigio es el resultado de las valoraciones humanas acerca de aquellas situa-
ciones en las que nos encontramos en todo momento; es una valoración más
elevada de un individuo o de un fenómeno colectivo, (…) de esta valoración
procede la tendencia a apreciar ciertos factores como prestigiosos y poseedores
de autoridad (Boucek, 1957). El prestigio social de los médicos se funda en su
capacidad clínica, en la relación con los pacientes en la consulta, en el alivio del
sufrimiento por las lesiones y enfermedades, y en la ayuda para morir sin dolor y
sin desesperación (Gérvas, Pérez Fernández, & Sánchez Sánchez, 2012).
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Cuando se ingresa al ejercicio de alguna profesión del área médica, una
vez obtenido el título y la cédula profesional para ejercer la práctica de los
servicios de salud, como lo indica el artículo 79 de la Ley General de Salud
(Secretaría de Salud, 2016), inmediatamente se tiene la carga de realizar el
trabajo de la mejor manera posible, con el único fin de llevar a los pacientes a
recuperar su estado de salud, prevenir enfermedades o por lo menos, mejorar
la calidad de vida durante una enfermedad crónico-degenerativa. Cuando el
personal de área médica logra otorgarle al paciente la mejora en su vida, inicia
el camino de la reputación y el prestigio, en este momento se hace acreedor
de la confianza, no solo del convaleciente, sino además de sus familiares,
quienes comienzan a confiar en él, además lo recomiendan con personas
cercanas a ellos y que sufren algún padecimiento.
El prestigio al que aspira el médico hipocrático es expresión de algo que
va más allá del beneficio económico. Sencillamente porque eso no es, al
menos, lo que expresa en frases como la del Pronóstico cuando asegura
que el médico que así haga pronósticos ‘ofrecerá una mayor confianza en
que conoce los males de los pacientes, de manera que la gente se decidirá
a ponerse en sus manos... podrá atenderlos con más garantía... y se eximirá
de responsabilidad’. A su vez, el que escribe el opúsculo Ley en su preámbulo
asegura que ‘el arte de la medicina es el único que en las ciudades no tiene
fijada una penalización, salvo el deshonor’ (Lara Nava, 2004).
Al respecto, Gorjón Gómez y Steele Garza (2012) comentan que dentro de las
consecuencias que presenta un profesionista de la salud por una demanda
judicial, cuando es demandado con justa razón por un paciente está el
desprestigio, inhabilitación profesional e incluso hasta la cárcel, además el
desprestigio se puede dar aunque el paciente carezca de razón. Por eso
consideramos que la confidencialidad que nos brinda la conciliación es una
gran ventaja, puesto que aunque en el momento de acudir a una cita ante la
Comisión de arbitraje médico, sea estatal o nacional, se tiene el cuidado de
mantener al facultativo del conflicto anónimo, ya que, de manera cordial se le
invita a pasar a un pequeño cubículo, en donde se le pide que aguarde un
momento entretanto llega la contraparte o se afinan los detalles para iniciar la
sesión de conciliación y, de esta forma, se mantiene a salvo la identidad de
las personas que se encuentran en procedimientos de conciliación o arbitraje.
LA REPUTACIÓN
Algunos autores consideran que una reputación positiva es un recurso vital
para el éxito (…), y otro apunta que aquellos (…) que no disfrutan de recono-
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cimiento de su legitimidad institucional suelen tener problemas a la hora de
lograr financiación, clientes y recursos humanos eficientes (López López &
Iglesias Antelo, 2010).
La reputación es un sentimiento positivo hacia una persona o institución que
integra tres vectores: admiración, buena estima y confianza. La reputación está
en la base de la confianza. Se trata de un sentimiento de enorme relevancia
puesto que es el detonante de las actitudes y comportamientos favorables
hacia una empresa, una institución o un país. La buena reputación se basa
en el buen hacer, es el cumplimiento de las promesas que realiza cualquier
organización, como respuesta a las expectativas de sus grupos de interés
(Ponzi, Fombrun et al., 2011, citados en Alloza Losana, 2012).
El prestigio y la buena reputación social y profesional de los médicos generales/
de familia dependen de ofrecer a sus pacientes cuidados variados y propor-
cionados, preventivos y curativos, a lo largo del tiempo y para muy variados
problemas de salud (Gérvas, Pérez Fernández & Sánchez Sánchez, 2012).
Conceptualizan la reputación de una firma como el reflejo que una sociedad
tiene al mismo tiempo de cómo la ven los grupos de interés y cómo lo expresan
a través de sus pensamientos y palabras. Y, por tanto, se trata de la suma de la
identidad, la imagen corporativa, las percepciones, creencias y experiencias
que los sujetos de los grupos de interés han ido relacionando con la empresa
a lo largo del tiempo (Martínez & Olmedo, 2010).
Como muchas compañías se habrán percatado con dolor, hay francotiradores
de pequeña escala que dominan un arsenal de nuevos medios y de redes
sociales que pueden causar un gran daño a la reputación de la compañía
y de manera muy rápida. Los blogs, tweets, mensajes de texto, peticiones
online, sitios de protesta en Facebook y videos digitales representan nuevas
amenazas potenciales y las compañías deben aprender a responder ante
ellos (Gaines Ross, 2010).
Así como lo indica Gaines Ross, la reputación y el prestigio pueden sufrir
graves daños, el simple hecho de ser acusado de haber realizado un trabajo
de forma errada en las redes sociales causa efecto en los posibles pacientes
a futuro, ya que, como dice un dicho popular entre el personal de área médica
y que se aplica a cualquier profesionista que trabaja de forma privada, “un
paciente contento te recomienda con dos o tres pacientes más, sin embargo,
uno molesto, te quita diez prospectos de paciente.
Justicia (34): pp.358-371. Julio-Diciembre, 2018. Universidad Simón Bolívar. Barranquilla, Colombia. ISSN 0124-7441
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Reputación del profesionista de la salud Prestigio del profesionista de la salud
La reputación de un profesionista se basa principalmente en la forma en
que se ha desempeñado, en cuanto al trato personal con sus pacientes
o la familia de estos y en el ámbito profesional en la asertividad de los
diagnósticos y tratamientos para los usuarios de los servicios de salud.
El prestigio se reere principalmente al hecho de ejercer la profesión,
pues, ante la sociedad es un trabajo muy importante, si aunado a esto el
médico u odontólogo posee un puesto gerencial en una clínica u hospi-
tal y posee poder económico, el prestigio es mayor, ya que el prestigio
se debe principalmente a las posiciones sociales en que se desempeña
un individuo.
Figura No. 4. Comparativa entre prestigio y reputación
Fuente: Elaboración propia
CONCLUSIONES
CONAMED y COESAMED son instituciones que fueron creadas para
coadyuvar en la solución de los conflictos que se presentan entre usuarios
de los servicios médicos y los profesionistas de la salud por mala praxis,
haciendo posible la transformación de estas diferencias a través de la conci-
liación médica, con la ventaja de manejarse de forma confidencial (sin
exponer a los usuarios a la luz pública), cuidando el prestigio y la reputación
del médico que acepta de forma voluntaria el uso de este método alterno
de solución de conflictos, debido a que más de la mitad de estos conflictos
suelen ser causados por un malentendido del paciente, siendo el personal de
área médica inocente de los cargos presentados en su contra.
Por esta razón, aseguramos que el valor intangible de la conciliación médica
es la privacidad con la que se manejan los datos de los involucrados en
este tipo de conflictos, dando mayor certeza a este respecto en el Manual
de Procedimientos de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico, la Ley
Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares,
la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y en
la Ley Modelo de la CNUDMI sobre Conciliación Comercial Internacional.
Principalmente se observa la ventaja para el personal de área médica, pues
su nombre no se presenta ante los medios, lo que conlleva a cuidar su imagen
como profesional de la salud, por lo tanto, el prestigio que le da su actividad se
mantiene intacto ante la sociedad y la reputación que se ha ganado a lo largo
del tiempo no se ve mermada a los ojos de la comunidad.
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