Resumen
Este artículo de re exión se orienta a describir el laberinto en que se halla
el Derecho Laboral frente a la globalización. Para ello señala con importan-
cia lo heterogéneo, las rupturas permanentes de la globalización, brindando
igualmente una proyección de diversos ingresos donde se desprende que es
peliagudo sujetarse en toda su rami cación. Mientras que el Derecho Laboral
está sujeto a una serie de formalismos, a una rectitud que resulta equivocada
y con unos valores que están en desuso, por el capitalismo salvaje impuesto
por la globalización sin dejar atrás la nueva tecnología, debiendo explorar un
nuevo modelo sujeto a unos parámetros rigurosos que no consultan la realidad
del mercado laboral que exige exibilidad y replanteamientos de las relaciones
laborales.
Abstract
This article aims to describe the labyrinth in which Labor Law is against-
globalization. This points out the importance of heterogeneous permanentdis-
ruptions of globalization, providing also a projection of various incomes can
be inferred that it is tricky to be subject in all its rami cation. While labor law
is subjectto a number of formalities, a righteousness that is wrong and values
that aredisuse, savage capitalism imposed by globalization without leaving be-
hind the new technology, exploring a new model must be subject to stringent
parameters that do not consult the reality of the labor market that requires ex-
ibility and rethinking of labor relations.
* El presente artículo constituye un avance del proyecto Incidencias de la globalización en el Derecho Laboral desarrollado por el
Grupo de Derecho Laboral de la Universidad Simón Bolívar de Barranquilla.
** Abogado, Especialista en Derecho Laboral, Maestrante en Derecho Universidad del Norte. Abogado conciliador Universidad del
Norte y Cámara de Comercio, Docente investigador tiempo completo de la Facultad de Derecho Universidad Simón Bolívar.
radema5@hotmail.com
El Derecho Laboral frente a la
globalización*
Labour Law responding to globalization
Recibido: 17 abril de 2012 / Aceptado: 8 de junio de 2012
Rafael Deyongh Manzano**
Palabras clave:
Globalización, Derecho Laboral.
Key words:
Globalization, Labor Law.
Justicia, No. 21 - pp. 126-133 - Junio 2012 - Universidad Simón Bolívar - Barranquilla, Colombia - ISSN: 0124-7441
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INTRODUCCIÓN
Al parecer, la dignidad de la vida humana no
estaba prevista en el plan de globalización.
Ernesto Sábato
El objetivo básico de este artículo es el de
afrontar el reto que entraña un fenómeno social
y comercial que tiene a la humanidad en vilo,
y que se denomina globalización con una dis-
ciplina de control social que ha vivido de cri-
sis en crisis por su incapacidad de proveer los
mecanismos necesarios para la solución de los
con ictos entre los particulares entre o entre
el Estado con los particulares, y tratar de mirar
si es factible que tras el enroque como es debido,
la humanidad pueda respirar con alivio y sentir
que días mejores están por venir.
El hombre de aquí y ahora medita constan-
temente alrededor de la duda que suscita la an-
gustia ante lo inevitable y oscila entre inclinarse
hacia una vida ética o hacia una vida estética y
atenerse por ende, al encanto del instante a pe-
sar de los reparos religiosos, y ha encontrado
en la globalización el tamiz necesario para dar-
le rienda suelta a sus anhelos más acuciantes y
a comportarse en casi todos los aspectos de la
existencia con escaso apego a los imperativos
categóricos de la razón práctica y entonces es
menester otear en el Derecho la posibilidad de
establecer un dique a esa tendencia que la glo-
balización impuso. Empero, ¿tendrá el Derecho
y más concretamente el Derecho Laboral, el
ábrete sésamo para hacer realidad la ambición
de una mejor justicia social a nivel global? Tal
es la cuestión en efecto.
De niciones previas
Globalización: En rigor es la palabra peor es-
grimida, la más de nida, la menos comprendida
y lo que es peor la más ambigua que exista en la
actualidad, todos han dicho de una forma u otra
que la saben o que la conocen pero a la hora de
la verdad no la entienden en su exacta dimen-
sión semántica. Por eso hay que tener en cuenta
estos términos:
Globalización: Acontecimiento técnico, eco-
nómico, social cultural y político que ha supe-
rado todas las barreras de los Estados, por me-
dio de un trámite liberatorio que consiguió abrir
todas las puertas y saltar por aquellos baremos
establecidos cautelarmente por buen número de
países (Santillanas, 1998).
Globalismo: Tendencia a sustentar el ámbito
político y jurídico de una nación o de un grupo
de naciones por la idea del mercado.
Globalidad: Las diversas formas políticas,
nancieras, culturales, sociales con que se apa-
rece la globalización en cada medio, una especie
de caleidoscopio que revela la nea de acción a
seguir en cada uno de esos frentes.
Estas tres palabras le han dado un nuevo
aliento a la sociedad contemporánea que ha
tenido en la movilidad o sea en la libertad de
movimiento el componente indispensable para
darle la dimensión que se requiere en el ámbito
pertinente.
Derecho: En un sentido fundamental, la c-
nica de la coexistencia humana o sea la técnica
dirigida a hacer factible la convivencia entre los
hombres (Abbagnano, 2004).
Derecho Laboral: En un sentido obvio, la
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técnica de la coexistencia entre un patrono y un
trabajador en virtud de una relación de trabajo o
de un acuerdo de voluntades en tal sentido.
El Derecho como técnica, conviene comple-
mentar, es una fuerza regladora y reguladora
que se realiza allí donde surgen inconvenientes
o donde pueden contingentemente surgir estos.
La e cacia de esta técnica está condicionada
no solo por su coherencia sino con la fortaleza
del medio donde vaya a imperar y que alcance
además a prevalecer sobre el cúmulo de intere-
ses privados que pululan en todas partes. Aun-
que las condiciones formales estén dadas de un
modo adecuado si no existen esos agregados, de
nada servicomo fuerza capaz de poner freno
a los con ictos o de precaverlos de una manera
constante.
RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN
El rol del Derecho Laboral
El Derecho Laboral ha jugado un papel pre-
ponderante en el libre juego económico de un
Estado de Derecho o de un Estado Social de De-
recho, pues ha establecido una serie de pautas de
reordenamiento de los nexos laborales que bro-
tan de toda actividad remuneradora y la postura
del Estado alrededor del fomento de ese merca-
do. Desde ese ángulo el rol del Derecho Labo-
ral sede equidad, ideal central de una justicia
que no se ha visto re ejada en la realidad bien
porque las condiciones políticas no lo han per-
mitido o porque la ideología dominante del orbe
capitalista ha puesto sus trabas para que tal pro-
ceso se cumpla a satisfacción (Cabanella, 2001).
Dentro de una sociedad atada a la globali-
zación y en medio de intermitentes crisis eco-
nómicas y scales es indispensable parcelar ese
rol del Derecho Laboral y para eso es menester
identi car aspectos sociales sustanciales como
son:
- Desigualdades entre las partes y el todo: Hay
en cada Nación una galopante desigualdad
social tan acuciante que toma ribetes de paté-
tica, no es posible en un artículo de esta índo-
le reseñar sus fundamentos, salvo indicar que
ellas han obedecido a un presupuesto de la
condición humana, nadie es igual a otro y en
tal marco, obvio es suponer que la desigual-
dad será el pan de cada día. Entonces la faena
del Derecho Laboral será la de propiciar los
mecanismos necesarios para que aquella di-
vergencia entre unos y otros, Estado, patrono
y obreros y todos entre sí, alcance su nivel
apropiado, y de esa forma tratar de resanar
las heridas que esas diferencias aparejan y
que tanto resquemores han producido a lo
largo y ancho del orbe capitalista.
- Cambio en el mundo laboral: La globaliza-
ción ha bene ciado enormemente al capita-
lismo, de eso no existe la menor duda y nada
se puede hacer al respecto, su agresividad
no tiene límites y como si fuera poco es un
camaleón, capaz de metamorfosearse si las
circunstancias así lo demandaren y precisa-
mente en tal sentido ha liderado el capita-
lismo (Carpio, 2001) con la complicidad
o con la indiferencia de los gobiernos, una
serie de estrategias para acomodarse mejor a
los entornos de ese acontecimiento que vie-
ne mirando al mundo de un modo diferente.
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¿Cómo ha cambiado el mundo laboral? En
múltiples aspectos, he aquí los más impor-
tantes:
A) Imposición de un imperativo categórico de
tipo tecnológico: Por tecnología ha de en-
tenderse la aplicación sistemática de conoci-
mientos cientí cos para resolver problemas
prácticos a través de la interactividad, conec-
tividad, Internet, maquinaria de última tecno-
logía o de punta, que han fraguado una nueva
fuerza creativa y han simpli cado muchos
procesos de todo tipo. La secuela obvia de tal
imposición ha sido el nacimiento de una nue-
va cultura y el origen de una nueva sociedad
amén de un reposicionamiento de los puestos
de trabajo con la disminución de contratos la-
borales, afectando el mercado de la oferta y
demanda de mano de obra. El problema es de
incalculables repercusiones a mediano plazo.
La nueva cultura signi ca un proceso nove-
doso de conocimiento y de comportamiento
social, religioso, mercantil, familiar, político,
etc., una manera singular de proyectarse, de
comunicarse, de establecer relaciones y de
explayarse en una comunidad, ofreciendo
alternativas que antes ni se soñaban. Una
nueva lógica de la seducción ha emergido
por consecuencia de esa cultura en donde la
imagen vale más que mil palabras y en donde
el curriculum vitae tiene más encanto que la
misma verdad.
La sociedad del conocimiento signi ca a su
vez, el resultado de ese proceso cultural que
se gestó por consecuencia de la globaliza-
ción, y en donde la formación educativa tiene
una importancia inestimable. La formación
ha de captarse como un proceso por el cual se
busca un grado superior de conocimiento con
base en la combinación metódica de medios
didácticos, gestión educativa y orientación
profesional en amplios espacios al efecto.
La enseñanza calibrada pues como un poner
adelante, un poner de presente los objetos del
saber para que los alumnos los comprendan
y los distingan de los demás es el ingrediente
ineludible para adquirir destreza
Entonces el mundo laboral y de contera el
Derecho Laboral enfrenta al reto del impe-
rativo tecnológico capaz de mutar las expec-
tativas del mercado y dejando de paso obso-
letas y sin sentido disposiciones legales por
anacrónicas.
B) Nuevos modelos familiares: El Artículo 42
de la Constitución Nacional de Colombia ha
señalado a la familia como el núcleo esencial
de la sociedad y objeto por ende de un celo
especial por parte del Estado. No obstante
el cambio en el mundo laboral, ha llevado a
que esa médula de la comunidad adquiera un
signi cado diferente y la distancia entre sus
componentes sea cada vez más grande pues
la comunicación tiende a ser virtual y no físi-
ca como lo era antes.
Entonces el mundo laboral en un medio
donde cada vez las personas se desplazan
más y el Derecho Laboral de contera debe
revisar su agenda a n de reprogramar todo
lo relacionado con la seguridad social y otros
aspectos inherentes a esa problemática.
C) Más presencia de la mujer: No es un secre-
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to para nadie que la mujer está viviendo un
clima de efervescencia por el reconocimiento
de hecho y de derecho de todas sus prerroga-
tivas y de su igualdad frente a los hombres.
Eso apareja un cambio de panorama en el
mercado laboral en donde ya casi no hay es-
pacios vedados para la mujer aun en aquellos
o cios considerados potencialmente peligro-
sos o exclusivos para hombres.
Entonces el mundo laboral y de contera el
Derecho Laboral en un medio en donde cada
vez existen mejores oportunidades para la mu-
jer debe(n) revisar desde sus órbitas la gestión
a emprender para que la igualdad y el reconoci-
miento sea algo integral y acorde con el esque-
ma masculino, aunque bueno es reconocer que
ya muchos pasos en ese sentido han sido dados.
Crecimiento del sector de servicios. La al-
fabetización digital, la gestión de procesos y
banco de datos, el aprendizaje corporativo en la
red, los espacios virtuales y la nube cibernética a
gran escala, han permitido desarrollar un sector
que antes se hallaba relegado, el de servicios, y
eso ha entrañado el cambio de actitudes por par-
te de cada persona pues le ha mutado muchas de
sus a ciones y hábitos.
Entonces el mundo laboral y el Derecho
Laboral de contera, debe(n) revisar sus proce-
dimientos para optimizar los mecanismos que
faciliten y protejan los derechos de aquellos que
intervienen con labor en el desarrollo de esa
nueva faceta empresarial (González, 1994).
Ahora bien, identi cados someramente algu-
nos aspectos sociales dentro de ese engranaje es
preciso anotar lo siguiente:
El Derecho Laboral como rama contiene
dos reglas: una, relativa a la organización de la
correspondencia laboral entre patronos y traba-
jadores en pos de una equidad social y la otra,
el procedimiento a seguir para la solución de
los con ictos que surgen entre las partes de ese
nexo de trabajo, en medio de una cadena de va-
lores a n de darle coherencia al campo del tra-
bajo. ¿Por qué? Porque en el mundo laboral lo
que existen son vínculos y no interacciones, y
por ende están sujetos esos vínculos a la volun-
tad del hombre, patrono o trabajador, mediante
posiciones objetivas en donde uyen intereses
desde luego opuestos, divergentes y en cierto
momento concurrentes a un interés global que
se requieren pautar. ¿Quién tiene el poder para
pautar y cuánto poder requiere al efecto? Tener
poder signi ca ser capaz, o sea es aquella capa-
cidad o condición determinadora de decisiones
e implica un especí co nivel de competencia y
en este evento, el poder lo maneja una minoría,
que produce resultados casi siempre en su favor.
La iniciativa privada que prevalece en Co-
lombia conforme al mandato del Artículo 333 de
la Constitución Nacional ha sido la patente de
corso del capitalismo para reclamar una legiti-
midad tradicional y racional e in uir en aquellas
decisiones, por ejemplo, de carácter laboral que
pudieran poner en peligro su estructura pirami-
dal, el Derecho Laboral debe hacer un gesto sig-
ni cativo revelador a la par de la fortaleza de la
autoridad a n de organizar en debida forma los
nuevos retos de la globalización y de las trans-
formaciones del mundo laboral. Es más, debería
considerarse al trabajo como otro sacramento en
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virtud del cual dos personas convivirían bajo un
mismo techo tal número de horas bajo una base
de amor al prójimo y demás condiciones que im-
pidan las discrepancias de fondo y aumenten el
clima de cordialidad y de solidaridad.
El rol de la globalización
Balzac
1
(La búsqueda del absoluto, 1834,
p. 128) decía a menudo que jamás ambicionaba
nada, esperándolo todo, y en eso reside la im-
portancia o el peligro de la globalización, más
especí camente en el campo laboral, nada de
ambiciones a condición de aguardar más y me-
jores condiciones para el capital patronal que es
el que a la larga impulsó todo ese trámite que
se volvió una locura por ese exceso de un que-
rer o de un poder hacerlo todo y a su antojo sin
diques ni esclusas. La globalización se ha visto
en rigurosos trances y ha puesto en aprietos la
institucionalidad de muchos países, y su rol ha
sido netamente egoísta, solo para sus intereses
creyendo que el aporte que le dio al mundo, el
despliegue inusitado de la técnica ha sido su -
ciente para aclimatar las cosas y permitirle sus
andanzas a diestra y siniestra con énfasis en el
mercado laboral, al que quiere limitar, condicio-
nar y reducir a sus mínimas proporciones.
No es de este lugar comentar pormenoriza-
damente los alcances de ese rol y sus patéticos
efectos, salvo destacar para mejor proveer, sus
aspectos más esenciales:
1. Honoré de Balzac (Honorato de Balzac) (Tours, 20 de mayo
de 1799 - París, 18 de agosto de 1850) fue el novelista francés
más importante de la primera mitad del siglo XIX, y el princi-
pal representante.
- Desigualdades entre los Estados: Tampoco
es un secreto para nadie que existe en el mun-
do una notoria desigualdad entre los Estados
hasta tal punto que hay tres mundos, el de los
ricos, el de los que no son ricos y el de los
pobres. No sé dónde ubicar a Colombia. Esa
brecha ha facilitado la labor camaleónica del
capitalismo pues encontró en la globaliza-
ción el vehículo ideal para extender sus ten-
táculos, asentarse, diversi carse, protegerse
y reducir sus costos al máximo a n de op-
timizar sus ganancias a expensas de la mano
de obra y del deterioro del medio ambiente.
¿Qué debe hacer el Derecho Laboral? Ini-
cialmente manejarlo como un problema pedagó-
gico a n de abrir un abanico de probabilidades
y de favorecer con esos medidores culturales los
usos más pertinentes frente a los retos de la glo-
balización.
- Neoliberalismo: Ese es otro concepto mal
entendido y lo que es peor, mal difundido, de
suerte que ha servido de caballito de batallas
para unos y para otros, de ahí que sea nece-
sario clari carlo para mejor proveer sobre el
particular. El neoliberalismo es una estrate-
gia política del capitalismo clásico que con-
siste en demandar del Estado indiferencia en
el manejo de la economía, o sea que no inter-
era con la marcha de los negocios a través
de mecanismos represores o restrictivos de la
iniciativa privada, para aumentar la prospe-
ridad, no de todos, como sería lo ideal, sino
de los que aportan su dinero para desarrollar
diversas actividades.
¿Qué debe hacer el Derecho Laboral? Estar
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atento a las exigencias neoliberales, particular-
mente en lo que tiene que ver con el derecho a la
huelga, con la contratación y sus modalidades,
con los salarios y en n con una serie de con-
quistas del pasado que podrían verse en jaque
por esa tendencia a inutilizar la autoridad del
Estado en el campo económico.
Ahora bien, identi cados someramente al-
gunos aspectos del rol de la globalización en el
mundo, conviene detenerse en su importancia:
A la sociedad contemporánea le hace falta un
relato que deje atrás los revanchismos y teja un
relato de la memoria colectiva en sus distintos
frentes, con lo bueno y con lo malo, con lo que
se hizo y con lo que no se hizo o se evitó, en
n, una crónica auténtica que contenga lo más
próximo a la verdad. Entonces hoy por hoy las
personas se hallan sumidas en las arenas move-
dizas de una sucesión de torrentes de doctrinas
que no alcanzan a distinguir por su excesiva par-
cialidad, cuál es lo bueno o cuál es lo malo de la
globalización. O sea esbozar una visión positi-
vista, no positiva, de la globalización.
La globalización fue un fenómeno autóno-
mo a consideraciones ideológicas, o morales del
cual excluyó cualquier idea del bien o del mal,
de la virtud o de la justicia, solo se propuso a
través del mercado darle un nuevo aire a los ne-
gocios con base en novedades tecnológicas que
facilitaran la comunicación entre los sujetos de
esos negocios y buscando ante todo seguridad
jurídica (Martin & Schumann, 1998). Situó su
epicentro en la geopolítica, de ahí que defendie-
ra la primacía de la voluntad de las partes por
encima incluso del ordenamiento nacional.
La importancia de la globalización hay que
medirla en función de sus resultados prácticos:
Avance de la tecnología que facilitó todo tipo de
procesos, especialmente los de la comunicación,
surgimiento de un nuevo tipo de personas en el
mundo de los negocios, más dinámicos, más lí-
deres, más interactivos y capaces de acomodar-
se a diversas situaciones, circulación del capital
con más amplitud, en algunos casos, creación de
fuentes estables de empleo y de mano de obra
cali cada. Y como si fuera poco estimuló la
competencia al abrir espacios a la creatividad.
Desde luego que ha sido causa de con ictos,
pero las causas hay que mirarlas en la compe-
tencia, en el miedo a perder y en el afán de reco-
nocimiento popular.
CONCLUSIÓN
Más de cerca esto es lo que debe interesar
al lector: explorar el laberinto en que se halla el
Derecho Laboral frente a la globalización pues
este último concepto maneja lo heterogéneo, lo
variado, lo múltiple, las rupturas permanentes y
se ofrece además como un mapa con miscelá-
neos ingresos de donde se colige que es difícil
de aprehenderse en su variada y rica extensión.
El Derecho Laboral en cambio, sujeto a una se-
rie de formalismos, a una ortodoxia que de pron-
to resulta anacrónica y con unos valores que ya
están en desuso, precisamente por esa dinámica
que impuso la globalización con su capitalismo
salvaje y con su tecnología en ancas, debe ex-
plorar un nuevo modelo evolutivo de variacio-
nes circunstanciales para que supere ese modelo
simple sujeto a unos parámetros rigurosos que
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no consultan ya la realidad del mercado laboral
que ahora exige exibilidad, acomodo y replan-
teamientos de las relaciones patrono-trabajador.
Si el Derecho Laboral continúa igual, se con-
vertirá en un espacio congelado, repetitivo, va-
cío de símbolos y carente de signos vitales don-
de solo prevalecerán los sin memoria y aquellos
que no estuvieron al tanto del avance del tiem-
po en la actualidad hay también un incum-
plimiento de la racionalidad con respecto a la
aparición de nuevos tipos aplicables al Derecho
Laboral, con un trasfondo crítico, determinativo
y receptor, por eso será necesario explorar las
condiciones bajo las cuales tiene lugar en la ac-
tualidad el fenómeno laboral y las fuerzas que lo
están orientando Eso es vital.
REFERENCIAS
Abbagnano, N. (2004). Diccionario de Filoso-
fía. México: FCE.
Cabanella, G. (2001). Compendio de Derecho
Laboral. Buenos Aires: Editorial Heliasta
S.R.L.
Carpio, A. (1993). Principios de Filosofía: Una
introducción a su problemática. Buenos Ai-
res: Glauco. Desarrollo del mercado laboral.
Constitución Política de Colombia.
González Charry, Guillermo. Derecho indivi-
dual del trabajo. Biblioteca Jurídica Diké.
Santillanas (1998). Globalización. España: Edi-
torial Santillana, S.A. Taurus.
Martin, Hans-Peter & Schumann, H. (1998). La
trampa de la globalización. España: Edito-
rial Santillana, S.A. Taurus.
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