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dica múltiples identidades vinculadas al ejer-
cicio ciudadano, frente a la preponderancia de
una única identidad nacional (Kymlicka, 1996);
la ciudadanía posnacional, que cuestiona el rí-
gido vínculo ciudadanía-Nación o ciudadanía
nacional en los contextos migratorios (Soysal,
1994); y la ciudadanía transnacional, que pone
el énfasis en las responsabilidades que le caben
a los Estados frente a sus emigrantes, a quienes
debiera seguir protegiendo como ciudadanos a
través de las fronteras (Bauböck, 1994). De las
propuestas anteriores, son los modelos de ciu-
dadanía posnacional y ciudadanía transnacional
ORVTXHVHSODQWHDQHOREMHWLYRHVSHFt¿FRGHDQD-
lizar la relación entre ciudadanía y migración in-
ternacional. Si bien lo hacen desde ángulos dis-
tintos, ambas coinciden en defender la premisa
de que la pertenencia a una Nación o comunidad
política ±hasta ahora concebida como compacta
y homogénea± no puede ser la única fuente de
reconocimiento ciudadano.
Por su parte, la perspectiva posnacional se en-
foca en analizar los cambios que la inmigración
genera en las sociedades de destino, describien-
do los procesos de incorporación y/o integración
de los inmigrantes en estas últimas. El argumen-
to principal detrás de este modelo es que el acce-
VRDGHUHFKRV\EHQH¿FLRVVRFLRHFRQyPLFRVTXH
ODVRFLHGDGDQ¿WULRQDWHUPLQD SRURWRUJDUD ORV
LQPLJUDQWHVHVPRWLYRVX¿FLHQWHSDUDKDEODUGH
su reconocimiento o incorporación posnacional
en el conjunto de la sociedad. El punto clave se
encuentra en que los inmigrantes terminan go-
zando de derechos ciudadanos a pesar de no ser
nacionales, sino residentes, de los países donde
han inmigrado. Con ello, el binomio ciudadanía/
1DFLyQVHURPSHGDQGRSDVRDODFRQ¿JXUDFLyQ
de un nuevo tipo de ciudadanía donde los de-
rechos y deberes, antes reservados a los nacio-
QDOHVVH FRGL¿FDQ\ H[SDQGHQFRPR GHUHFKRV
personales de los sujetos. Sin embargo, otra es
la situación de los derechos políticos, tales como
el voto y el derecho a ser elegido. El derecho al
voto, por ejemplo, guarda todavía un importante
valor simbólico para la Nación, pues acentúa la
premisa de que la dirección de los asuntos públi-
cos es una prebenda exclusiva de los miembros
originales de la comunidad política. De ahí que
las sociedades resguarden los derechos políticos
con mayor celosía y que, contrario a lo que su-
cede con los derechos económicos y sociales, el
acceso a los primeros siga siendo difícil para los
inmigrantes a menos que se naturalicen (nacio-
QDOLFHQ\FRPSURPHWDQR¿FLDOPHQWHVX OHDOWDG
hacia la comunidad de arribo. En este plano, la
migración internacional no parece haber afecta-
GRVLJQL¿FDWLYDPHQWHHO HVWUHFKRYtQFXORHQWUH
ciudadanía y Nación, pues el hecho de que los
inmigrantes gocen de ciertos derechos y privi-
legios no es garantía de que se les reconozca
como miembros políticos plenos de la sociedad
que los acoge. Esto es, sin duda, un obstáculo de
consideración para la consolidación del modelo
posnacional de ciudadanía.
Desde otro ángulo, tal como su nombre lo
indica, el modelo transnacional de ciudadanía
encuentra sus raíces en el carácter transnacio-
QDOTXH KR\ FRQ¿JXUDODV UHDOLGDGHV SROtWLFDV
económicas, sociales, culturales y jurídicas de
las sociedades (Bauböck, 1994). Gracias a los
Justicia, No. 26 - pp. 137-156 - Diciembre 2014 - Universidad Simón Bolívar - Barranquilla, Colombia - ISSN: 0124-7441
http://publicaciones.unisimonbolivar.edu.co/rdigital/justicia/index.php/justicia
¿ES COLOMBIA UNA NACIÓN DIASPÓRICA Y TRANSNACIONAL? ANÁLISIS DEL NUEVO DISCURSO DEL ESTADO COLOMBIANO FRENTE A LA DIÁSPORA