Para JUSTICIA los revisores o evaluadores (peer reviewer) son profesionales idóneos y especializados en el área temática de cada uno de los artículos postulados a la revista. Su idoneidad dependerá, entre otros, de los siguientes criterios:

  • Debe tener titulación de maestría, doctorado o postdoctorado.
  • Debe tener publicaciones científicas con investigaciones o estudios en el área en la cual se solicita su revisión.
  • No debe tener la misma afiliación institucional que el autor del artículo.
Tipo de revisión

El tipo de revisión utilizado por JUSTICIA es doble ciego: ni los pares ni los autores conocen sus nombres ni afiliaciones. Este tipo de revisión permite la disminución del sesgo en la evaluación.

Rol y función del par evaluador

El par evaluador se encarga de verificar que los contenidos desarrollados en el artículo cumplan con los estándares de excelencia establecidos por la comunidad científica. Los estándares se relacionan con el método científico, la adecuada revisión de los antecedentes que soportan la investigación; verificar que las metodologías aplicadas sean válidas y vigentes en la disciplina; revisar si el lenguaje utilizado es claro, preciso y unívoco; precisar si hubo rigor en los análisis, la interpretación de los resultados, la discusión con la literatura y la prueba o rechazo de las hipótesis. En resumen, el par evaluador se encarga de revisar la calidad de forma y contenido, la originalidad, la pertinencia, el aporte y las posibles violaciones éticas del artículo que se presenta a la revista.

Conflicto de interés

Se puede presentar un conflicto de interés cuando el par evaluador no puede realizar de manera objetiva e imparcial la evaluación de un artículo. Esta situación puede darse por cualquiera de las siguientes situaciones:

  • Si tiene una relación personal, familiar, profesional o comercial con el autor.
  • Si trabaja, ha trabajado y/o publicado con el autor.
  • Si trabajará con el autor en un proyecto o propuesta de investigación similar.
  • Si se encuentra trabajando en un tema similar o lo ha publicado previamente.

Los pares evaluadores deben reportar al editor, en la invitación o en el proceso evaluativo, cualquier conflicto de interés.

Procesos y tiempos en la evaluación

Cuando un artículo cumple con las políticas de la revista, se inicia con la búsqueda de pares evaluadores. Los tiempos de evaluación pueden variar, en promedio, se toman entre cuatro y seis semanas: una semana para elegir evaluadores, una semana para consultar disponibilidad, tres a cuatro semanas para evaluar. En la invitación se le comparte al par el título, resumen y los tiempos esperados por JUSTICIA para tener listo el concepto evaluativo. Si el par evaluador declina, se le solicitará la recomendación de algunos pares que puedan evaluar la obra; si el par acepta, se le envía el manuscrito sin datos de identificación de los autores, para garantizar el proceso de evaluación a doble ciego: en el que podrá realizar comentarios específicos que faciliten su proceso de evaluación, se solicita al árbitro que coloque la opción de autor o usuario si desea agregar comentarios al manuscrito para que se mantenga el anonimato del evaluador, si así lo desea, las pautas y el formato de evaluación en donde se encuentra registrados los criterios a tener en cuenta en el proceso de evaluación del artículo en cuestión y el cual debe diligenciar cuidadosamente. Es muy importante el diligenciamiento del formato de evaluación con sus datos y firma. Todo este proceso se gestiona a través del Open Journal Systems (OJS). Si por situaciones ajenas a la voluntad del evaluador no le es posible cumplir con la fecha propuesta para emitir su concepto, el editor espera una comunicación previa a los tiempos de entrega para acordar nuevos plazos.

Como árbitro usted tendrá un plazo de aproximadamente de 15 días para enviar a vuelta de correo electrónico la evaluación realizada. Este tiempo podrá ser extendido de acuerdo con sus inquietudes y solicitud directa. En promedio la evaluación de pares toma un tiempo aproximado de 6 a 12 semanas.

Los revisores se comprometen a emitir una decisión fundamentada en la originalidad del artículo, la relevancia que tiene y el rigor metodológico. Se pueden emitir cuatro respuestas:

  • Publicable sin modificaciones: se considera que el artículo cumple con los criterios de forma, de fondo y de calidad, por lo que se puede publicar tal y como está.
  • Publicable con modificaciones leves: se trata de hacer ajustes o modificaciones fácilmente subsanables. El autor o autora tendrá un plazo de 5 días para realizarlas.
  • Publicable con modificaciones mayores: el artículo requiere modificaciones de tal magnitud y profundidad, que hacen necesaria una nueva revisión para evaluar los ajustes realizados. El autor o autora tendrá un plazo de 15 días para realizarlas.
  • No publicable: El manuscrito no será publicado.
Certificación

Luego del proceso de arbitraje, JUSTICIA les envía a los pares evaluadores un certificado en agradecimiento por su labor, el cual da muestra de la gratitud de la revista por la colaboración de la persona experta al compartir su tiempo y experiencia en este proceso de divulgación científica. Para el envío de este certificado se hace necesario que el árbitro esté debidamente registrado en la plataforma OJS.